Documentos:
Anuncio Decreto 2024/831 de 8 de marzo de 2024
Decreto Reasignación Competencias entre distintas Áreas de Gobierno Local a fecha de 22 de diciembre de 2023 (Publicado BOP de Sevilla 28-12-23)
(Resolución Organización de Áreas y Servicios a fecha de 19 de junio de 2023)
Calle del Conde, 13, Teléfono: 955 900 000 - e-mail:
Se incluyen en esta Área las siguientes materias y actividades:
-EN MATERIA DE HACIENDA:
Hacienda.
Intervención General.
Planificación Económica y Presupuestaria.
Gestión Económico-Financiera.
Cuenta General.
Modificaciones presupuestarias.
Gestión Inspección y Recaudación Tributaria.
Se incluyen, además, las funciones delegadas y relacionadas con el Catastro, así como las relaciones con el OPAEF.
Contratación Pública.
Patrimonio Municipal e Inventario de Bienes (excepto el patrimonio municipal de suelo que está adscrito al Área de Urbanismo, Obras Públicas y Movilidad).
Responsabilidad Patrimonial.
Sanciones, excepto las derivadas del ejercicio de las competencias atribuidas al Área de Urbanismo, Obras Públicas y Movilidad).
Servicios Informáticos.
Protección de datos.
- EN MATERIA DE EDUCACIÓN:
Vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
Cooperación con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.
La asistencia a la consejería competente en materia de educación en la aplicación de los criterios de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria o de Educación Especial.
La cooperación en la ejecución de la planificación que realice la consejería competente en materia de educación y en la gestión de los centros públicos escolares existentes en su término municipal.
Relaciones con las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, Asociaciones de Alumnos y con la Comunidad Educativa en general.
Programa Écija Educadora.
Consejo Escolar Municipal.
Cooperación con la Administración educativa a través de los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en los términos recogidos en el artículo 27.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.
Programas de intercambio de estudiantes, experiencias en empresas privadas, tales como Erasmus.
En aplicación de la Disposición Adicional Novena de la Ley 27/1013 de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, incluirá la coordinación y gestión, como competencia delegada por la Dirección General de Tráfico, del Centro Municipal de Educación Vial, siempre que se delegue esta competencia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 57 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, así como todos los programas de Educación Vial en los centros educativos de la ciudad.
Gestión del Conservatorio Elemental de Música.