Documentos:

Anuncio Decreto 2024/831 de 8 de marzo de 2024

Decreto Reasignación Competencias entre distintas Áreas de Gobierno Local a fecha de 22 de diciembre de 2023 (Publicado BOP de Sevilla 28-12-23)

(Resolución Organización de Áreas y Servicios a fecha de 19 de junio de 2023)

ÁREA DE HACIENDA Y EDUCACIÓN

Teniente Alcalde: Dª Ana Mª Carmona Lancharro

Calle del Conde, 13, Teléfono: 955 900 000 - e-mail:



 

Se incluyen en esta Área las siguientes materias y actividades:

 

-EN MATERIA DE HACIENDA:

 

  • Hacienda.

  • Intervención General.

  • Planificación Económica y Presupuestaria.

  • Gestión Económico-Financiera.

  • Cuenta General.

  • Modificaciones presupuestarias.

  • Gestión Inspección y Recaudación Tributaria.

  • Se incluyen, además, las funciones delegadas y relacionadas con el Catastro, así como las relaciones con el OPAEF.

  • Contratación Pública.

  • Patrimonio Municipal e Inventario de Bienes (excepto el patrimonio municipal de suelo que está adscrito al Área de Urbanismo, Obras Públicas y Movilidad).

  • Responsabilidad Patrimonial.

  • Sanciones, excepto las derivadas del ejercicio de las competencias atribuidas al Área de Urbanismo, Obras Públicas y Movilidad).

  • Servicios Informáticos.

  • Protección de datos.

 

 

EN MATERIA DE EDUCACIÓN:

 

  • Vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

  • Cooperación con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.

  • La asistencia a la consejería competente en materia de educación en la aplicación de los criterios de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

  • La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de Educación Infantil, de Educación Primaria o de Educación Especial. 

  • La cooperación en la ejecución de la planificación que realice la consejería competente en materia de educación y en la gestión de los centros públicos escolares existentes en su término municipal.

  • Relaciones con las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, Asociaciones de Alumnos y con la Comunidad Educativa en general.

  • Programa Écija Educadora.

  • Consejo Escolar Municipal.

  • Cooperación con la Administración educativa a través de los centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en los términos recogidos en el artículo 27.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.

  • Programas de intercambio de estudiantes, experiencias en empresas privadas, tales como Erasmus.

  • En aplicación de la Disposición Adicional Novena de la Ley 27/1013 de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, incluirá la coordinación y gestión, como competencia delegada por la Dirección General de Tráfico, del Centro Municipal de Educación Vial, siempre que se delegue esta competencia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 57 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, así como todos los programas de Educación Vial en los centros educativos de la ciudad.

  • Gestión del Conservatorio Elemental de Música.