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Miercoles 19 de Junio de 2013 02:14

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Ayuntamiento de Écija

SERVICIO DE    CONTRATACIÓN Y    PATRIMONIO
Estas en: SERVICIODECONTRATACIONYPATRIMONIO --> contratacion

servicio de contrataciÓn y patrimonio
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA

CONTRATACIÓN

ACTIVIDAD SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

a Tramitación de expedientes de contratación de obras de inversión, obras de mantenimiento, gestión de servicios públicos, suministros, compras y adquisiciones, consultorías y asistencias, realización de servicios, ejecuciones subsidiarias por cuenta de particulares y análogos.
a Tramitación de licitaciones.
a Seguimiento jurídico-administrativo de las obras municipales (publicidad, incidencias, modificaciones, revisiones de precios, sanciones, liquidaciones, recepciones, etc.).
a Relaciones con la Intervención Municipal sobre los aspectos económicos de las contrataciones.
a Relaciones con los técnicos responsables de la dirección facultativa y/o supervisión de los diferentes contratos y proyectos.
a Publicidad, incidencias, modificaciones y recepciones de los servicios y suministros municipales y colaboración al efecto con las diferentes Dependencias y Servicios Municipales.
a Tramitación administrativa de las certificaciones de obras, servicios, suministros, adquisiciones y honorarios derivadas de todos los contratos tramitados. Comprobación, aprobación y notificación.
a Propuesta de devolución de fianzas de los contratos.
a Cotejo de documentación, bastanteo de poderes, remisión de expedientes a Servicios, Notarías y Organismos Públicos, informaciones públicas, actualización de documentos en Registro de Licitadores, elaboración de resúmenes y cuadros sobre situación de contratos (recepciones de obras y prórrogas), memoria anual, etc.

REGISTRO LICITADORES

PRESENTACIÓN REGISTRO LICITADORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA

DEFINICIÓN
El Registro de Licitadores tiene como finalidad facilitar la concurrencia y agilizar la tramitación de los procedimientos de contratación del Excmo. Ayuntamiento de Écija.

¿QUIÉN PUEDE INSCRIBIRSE Y COMO?
La inscripción en el Registro de Licitadores del Excmo. Ayuntamiento de Écija podrá formularse por todas aquellas personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con el Sector Público y cuenten con la habilitación profesional para realizar su actividad.
Se podrán inscribir mediante la presentación de la documentación acreditativa del licitador y la solicitud debidamente cumplimentada en el Registro de Licitadores del Excmo. Ayuntamiento de Écija.

VENTAJAS
Los licitadores que pretendan contratar con el Excmo. Ayuntamiento de Écija quedarán dispensados de presentar en los procedimientos contractuales la documentación que haya sido inscrita en el Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada.
En los procedimientos negociados sin publicidad que inste el Excmo. Ayuntamiento de Écija, para la selección de los contratistas idóneos, se invitará a la licitación preferentemente a las empresas inscritas en el Registro de Licitadores de acuerdo con la naturaleza del contrato a celebrar.

DOCUMENTACIÓN (Documentación a presentar en el Registro de Licitadores en original o fotocopia compulsada)

a Solicitud debidamente cumplimentada.
a DNI del proponente o representante legal de la empresa.
a Escritura de constitución de la sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil o estatutos o acta fundacional de la persona jurídica.
a Escritura pública de poder, o en su caso, apoderamiento suficiente, en virtud de sus estatutos o del registro legal correspondiente.

Certificaciones vigentes acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones en:
a Hacienda
a Seguridad Social

a Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
a Último recibo del IAE pagado, o declaración responsable de estar exento del pago del mismo. En su caso, Declaración Censal de Alta / Comienzo (Agencia Tributaria)
a Declaración de no hallarse incurso ni él ni la empresa que representa, en su caso, en ninguno de los supuestos legales de incapacidad ni incompatibilidad para contratar con el Sector Público, de conformidad con el Artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y otras disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

REGLAMENTO DEL REGISTRO LICITADORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA

 

info Tamaño de Letra


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